Ley organica

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El depósito para recurrir: Parafiscalidad vs Constitución

01 de noviembre de 2009 Artículos doctrinales OFICINA JUDICIAL

El pasado 5 de noviembre de 2009 entró en vigor la Ley Orgánica 1/2009, de 3 de noviembre, complementaria de la Ley de reforma de la legislación procesal para la implantación de la nueva Oficina judicial, por la que se modifica la Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judicial, cuyo artículo primero, inciso diecinueve, añade una disposición adicional, la decimoquinta, a la Ley Orgánica modificada.

La extranjería como condición diferencial en el ejercicio de los derechos fundamentales

El estudio de los derechos y libertades públicas de los extranjeros en España hay que realizarlo partiendo de diversos niveles. En primer lugar, la Constitución, en segundo lugar, la Ley Orgánica sobre los derechos y libertades de los extranjeros en España, y los tratados internacionales, y en tercer lugar, la jurisprudencia del Tribunal Constitucional.

Algunas consideraciones en torno a la regulación de las bandas juveniles en la Ley Orgánica 8/2006

Frente a las no pocas reformas introducidas a la Ley Orgánica de Responsabilidad Penal Juvenil, a finales del 2006 se aprobó la Ley Orgánica 8/2006, de 4 de diciembre. Razonadamente la doctrina ha criticado la multiplicidad de reformas introducidas, en el corto tiempo que lleva vigente, una ley que en principio tenía una vocación de definitiva.

La cancelación de los datos en el ámbito de las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad

Uno de los derechos reconocidos en la normativa de protección de datos de carácter personal y a través de los cuales los ciudadanos pueden controlar la información que sobre los mismos detentan los responsables de tratamientos de datos, tanto públicos como privados, es el derecho de cancelación de datos innecesarios. Este derecho de control ciudadano tiene especialidades en lo que respecta al tratamiento de datos en el ámbito policial en relación al ejercicio de este derecho en la forma que se especifica en el artículo 23 de la Ley Orgánica de Protección de Datos de carácter personal.

A propósito de la demandada reforma de la Ley Orgánica reguladora de la responsabilidad penal de los menores

Siete años han pasado desde la publicación de la Ley Orgánica 5/2000, de 12 de enero, reguladora de la responsabilidad penal de los menores y cinco modificaciones la contemplan, algunas de ellas como consecuencia de trágicos sucesos que llevaron a su reforma antes, incluso de su entrada en vigor en enero de 2001. Así es, los tristemente conocidos como “crimen de la catana” y como el “crimen de San Fernando”, alcanzaron tal nivel de notoriedad en los medios de comunicación, que dio lugar a una sensación de impunidad frente a comportamientos graves cometidos por menores.

Breve comentario a la Ley de Protección de datos de Carácter Personal

Lo primero que quiero significar es que la Ley Orgánica 15/99 de 13 de diciembre, de Protección de Datos de Carácter Personal, entronca con dos ramas fundamentales de nuestro Derecho, como son la rama constitucional y la rama penal. Y esto se desprende, sin lugar a dudas, nada más comenzar a leer la misma puesto que en su artículo 1 se consagra el derecho al honor y a la intimidad personal y familiar, precepto que a todas luces entronca con el consagrado en el artículo 18 de nuestra Constitución. De igual modo y a lo largo de la Ley Orgánica 15/99, se pueden entrever diversos preceptos que se relacionan con el Código Penal, como más adelante pasaré a analizar.

El Consejo Audiovisual de Andalucía

El artículo 16.1. del Estatuto de Autonomía para Andalucía, aprobado mediante Ley Orgánica 6/1981, de 30 de diciembre, atribuía a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencias exclusivas en materia de protección del cumplimiento de la normativa audiovisual vigente en el ámbito de los medios de comunicación social de Andalucía. Asimismo, el artículo 16.2. reconoce a la Comunidad Autónoma de Andalucía competencia de desarrollo legislativo y ejecución en materia de “medios de comunicación social”, que han de ejercitarse en el marco de las normas básicas del Estado, cuya previsión constitucional viene recogida en el artículo 149.1.27.ª que reserva al Estado las “normas básicas del régimen de prensa, radio y televisión y, en general, de todos los medios de comunicación social, sin perjuicio de las facultades que en su desarrollo y ejecución correspondan a las Comunidades Autónomas”.

El Gobierno aprueba el Proyecto de Ley Orgánica de protección de la seguridad ciudadana

12 de julio de 2014 Noticias Seguridad ciudadana

El Proyecto regula con detalle las potestades de intervención policial (identificaciones, cacheos, controles en vías públicas): la identificación debe respetar los principios de no discriminación y proporcionalidad, prohibiéndose las identificaciones indiscriminadas o por perfiles étnicos. El traslado a dependencias policiales para identificación sólo se practicará cuando no sea posible la identificación por medios físicos o telemáticos y siempre por un tiempo que no podrá superar las seis horas, expidiendo un volante acreditativo del tiempo de permanencia en dependencias policiales. Se regula por primera vez la práctica de los registros corporales externos o cacheos, sometidos a los principios de no discriminación e injerencia mínima.

El Consejo de Ministros toma conocimiento de la abdicación del Rey y aprueba el Proyecto de Ley Orgánica de abdicación, que se tramitará de urgencia

03 de junio de 2014 Noticias Abdicación del Rey

Después del anuncio efectuado ayer por el Rey de su decisión de abdicar del trono, el Consejo de Ministros extraordinario de hoy ha tomado conocimiento de su decisión y aprobado la remisión a las Cortes Generales del Proyecto de Ley de Orgánica de abdicación de Su Majestad el Rey don Juan Carlos I de Borbón.

El CGPJ decide abrir a toda la Carrera Judicial el debate sobre el anteproyecto de reforma de la LOPJ

El Consejo General del Poder Judicial ha decidido abrir a toda la Carrera Judicial el debate sobre el anteproyecto de Ley Orgánica del Poder Judicial, recientemente aprobado por el Consejo de Ministros, para tener en cuenta las opiniones de todos los magistrados, sus asociaciones y los órganos de gobierno de los tribunales antes de remitir su informe al Gobierno. Para ello, se habilitará durante un mes un espacio en la Intranet judicial para recoger on-line todas sus propuestas con el objetivo de construir un "debate interno y participativo" entre los miembros de la Carrera.

Continúan las reacciones al Anteproyecto de reforma de la LOPJ

Las asociaciones judiciales, excepto la APM, tachan de nefasta la reforma propuesta. La Secretarios Judiciales del sector progresista consideran un retroceso la propuesta y se muestran contrarios a las sanciones por incumplimiento del deber de vertir y comportarse con decoro. Los sindicatos de funcionarios proponen movilizaciones contra la reforma, para exigir que la normativa se "negocie" con los representantes sindicales. Un vocal del CGPJ considera la propuesta necesaria, pese a sus aspectos polémicos

El Gobierno aprueba el Anteproyecto de reforma de la Ley Orgánica del Poder Judicial

Se crearán los Tribunales Provinciales de Instancia en cada capital de provincia, que aglutinarán a todos los juzgados existentes bajo la fórmula de Unidades Judiciales y asumirán también la función juzgadora de la Audiencia Provincial a través de las Secciones de Enjuiciamiento. Los Tribunales Superiores de Justicia verán ampliadas sus competencias asumiendo las de las Audiencias Provinciales en apelación y conocerán de los recursos de casación en derecho autonómico. En la Audiencia Nacional, la instrucción de los delitos se hará a través de una Sección colegiada, de la que formarán parte los actuales Jueces centrales. El Tribunal Supremo establecerá cada tres meses cual es su jurisprudencia vinculante, que será publicada en el BOE junto con la doctrina en interés de ley. Se abre la casación a cualquier resolución de los tribunales en materia civil y contenciosa cuando exista interés casacional o sea conveniente para alcanzar la unificación de doctrina. Se crea la cuestión jurisprudencial previa que un tribunal podrá plantear ante el TS. Se modifica el sistema de acceso a la carrera judicial y la denominación de sus miembros, que pasarán a ser jueces en todos los casos. Se declara agosto como mes hábil. Los secretarios judiciales pasan a denominarse Letrados de la Administración de Justicia y se reducen sus categorías. Se reduce el número de aforados.

El TS plantea al TJUE cuestión prejudicial sobre el artículo 31.5 de la Ley Orgánica de Extranjería

01 de abril de 2014 Noticias Extranjeros

La Sala de lo Contencioso-Administrativo del Tribunal Supremo plantea al Tribunal de Justicia europeo si la legislación nacional que excluye la posibilidad de otorgar permiso de residencia a un progenitor de un ciudadano de la UE menor de edad y dependiente de aquél, por tener antecedentes penales (artículo 31.5 de la Ley de Extranjería), es compatible con el artículo 20 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea.

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